Alquiler de temporada o de vivienda habitual

martes 29 de septiembreHablar por WhatsApp

No lo decide el título del contrato

Se ha puesto de moda encabezar los contratos con «arrendamiento de temporada» para esquivar las prórrogas del alquiler de vivienda. Funciona menos de lo que parece.

La ley distingue el arrendamiento de vivienda —el que se destina a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del inquilino— de los de uso distinto, donde entra el de temporada. Y lo que decide en cuál está cada uno no es el encabezado: es el destino real, y hay que poder explicarlo.

Un contrato de temporada sin causa temporal —un traslado por trabajo, un curso, una obra en la vivienda propia— es, para un juez, un alquiler de vivienda con otro nombre. Y entonces el inquilino tiene todas las prórrogas.

Qué cambia de uno a otro

La duración
En vivienda, el inquilino puede prorrogar hasta cinco años, o siete si el arrendador es una sociedad. En temporada, lo que se pacte.
La fianza
Una mensualidad en vivienda, dos en uso distinto.
La renta
En vivienda hay más límites, y en zonas declaradas tensionadas, más todavía. En temporada manda lo pactado.
Los gastos
En vivienda, repercutir los gastos generales al inquilino exige pacto por escrito con el importe anual determinado.
La prueba de la causa
Es lo que más se olvida. Quien alquila por temporada debería guardar el motivo documentado: el contrato de trabajo, la matrícula, el permiso de obra.

Lo que se juega cada parte

El propietario que firma un temporada mal montado cree que recupera la casa en once meses, y puede encontrarse con un inquilino que tiene derecho a quedarse cinco años. Peor aún: lo descubre cuando ya ha vendido o ya ha hecho planes.

El inquilino que firma un temporada sin saberlo pierde las prórrogas y la protección de la renta, y muchas veces firma creyendo que tiene lo otro.

Los dos casos se resuelven igual: contando la verdad en el contrato y redactándolo para lo que de verdad va a pasar. Un contrato que describe bien la realidad aguanta; uno que la disfraza se cae el día que hay que usarlo.

Preguntas sobre el alquiler de temporada

¿Once meses es de temporada?

No por sí solo. Los once meses son una costumbre, no una categoría legal. Lo que decide es el destino real de la vivienda.

¿Y el alquiler turístico?

Es otra cosa: queda fuera de la ley de arrendamientos y se rige por la normativa turística de cada comunidad, con licencias y registro. Confundirlo con el de temporada es un problema frecuente y caro.

¿Puedo pasar de temporada a vivienda?

Se puede firmar un contrato nuevo cuando termine, con las condiciones que corresponda. Lo que no funciona es encadenar temporadas para evitar las prórrogas: eso se ve desde fuera.

¿Nos redactáis el contrato?

Sí, y lo primero que hacemos es preguntar para qué es de verdad. De ahí sale el tipo de contrato, y no al revés.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre contratar un abogado

¿Puedo reclamar una deuda sin abogado?

En algunos casos sí: en los juicios verbales de hasta 2.000 euros y en la petición inicial del procedimiento monitorio no es obligatorio. Aun así, conviene asesorarse antes, porque un error de planteamiento puede hacer perder el asunto.

¿Qué hago si una empresa no me devuelve el dinero?

Reclame primero por escrito a la empresa y, si no responde, acuda a consumo o al arbitraje de consumo si la empresa está adherida. Si nada funciona, puede reclamar judicialmente, por ejemplo con un procedimiento monitorio.

¿Cuánto dura un contrato de alquiler de vivienda?

Aunque se pacte menos, el inquilino puede prorrogarlo año a año hasta cinco años, o siete si el propietario es una empresa. Después puede haber una prórroga tácita de hasta tres años más si nadie lo comunica.

¿Qué derechos tengo si me detienen?

Entre otros, a guardar silencio, a no declarar contra sí mismo, a ser asistido por un abogado, de oficio si no designa uno, y a que se comunique su detención a un familiar. Es recomendable no declarar sin la presencia de un abogado.

¿Qué es la custodia compartida?

Es el sistema en el que los dos progenitores se reparten el cuidado de los hijos en periodos alternos. Los jueces la valoran atendiendo siempre al interés del menor y a las circunstancias de cada familia.

¿Puedo cambiar de abogado a mitad del proceso?

Sí. Puede cambiar de abogado en cualquier momento. El nuevo abogado lo comunica al anterior y se liquidan los honorarios del trabajo ya realizado.